¿Insultar por Facebook o Twitter tiene consecuencias legales?

A poco que se hayan aventurado en las redes sociales, se habrán dado cuenta de que estas, la mayor parte del tiempo, tienen más de barra de bar que de espacio en el que informarse. Incluso, es bastante probable que en alguna ocasión hayan visto una publicación ofensivacontra otro usuario. Y es que no son pocos los que aprovechan el anonimato para cargar contra aquel que no le resulta simpático. Aquel que (¿cómo será posible?) no piensa como debería, según su particular punto de vista. Sin embargo, en la jungla de Internet, al igual que en el mundo real, no todo vale.

«Las consecuencias que pueda sufrir un usuario que insulta por redes sociales dependen de muchas cosas, evidentemente también de las palabras que se empleen», señala a ABC Samuel Parra, abogado experto en derecho digital. El letrado hace hincapié en que, en función del mensaje que se envíe, el remitente podría incurrir en una falta contra el honor, que trata de dañar la honorabilidad de una persona; o bien, en una injuria: «Una persona que tache de violador a otra sin que esta lo sea estaría incurriendo en este tipo de falta».

«Las consecuencias que pueda sufrir un usuario que insulta por redes sociales dependen de muchas cosas, evidentemente también de las palabras que se empleen»

Dentro de los afectados por este tipo de conducta destacan, con mucho, los famosos. No hace mucho, el televisivo amante de los animales Frank Cuesta compartía en sus perfiles de redes sociales algunos mensajes sumamente hostiles, tanto hacia su familia como hacia su persona. Estos se produjeron debido a su participación en un programa que tenía como temática central la caza. En ellos se podía leer, por ejemplo, «ojalá tú y tus hijos tengáis una muerte tan dolorosa como esos zorros y esas perdices. Traidor». Llegados a este punto, debemos preguntarnos, ¿cuáles son las consecuencias que pueden tener estas palabras?

Las multas hacia este tipo de comportamiento rara vez suponen pena de carcel, pero sí que pueden obligar al pago de indemnizaciones cuantiosas. «Depende de lo que se escriba y de la reincidencia. Los jueces también tienen en cuenta en estos casos el número de seguidores que tenga la cuenta que lanza el mensaje», señala este experto. El abogado también resalta que el anonimato no garantiza, en absoluto, que una persona pueda evitar una denuncia en caso de haber cometido una infracción: «Hoy en dia es complicado que una persona que comete una falta de este tipo no sea pillada. Aunque se piense que es difícil, si no se sabe ocultar la IP, te van a encontrar».

Otro colectivo que ha sido duramente vilipendiado por redes sociales en los últimos tiempos es el de los toreros. Recuerden, por ejemplo, la reacción de algunos usuarios ante la muerte del diestro Víctor Barrio, en 2016. O, más recientemente, en 2017, cuando falleció Iván Fandiño. En el caso del segundo, se pudieron leer mensajes en Twitter como «torero muerto abono pa mi huerto. Con Ivan Fandiño me van a salir unos tomates riquísimos» o «hoy Ivan Fandiño, otro puto torturador menos».

En lo que se refiere a Barrio, el pasado mes de abril el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ratificó la condena a Datxu Peris, concejal de Catarroja, por afirmar en su cuenta personal de Facebook que la muerte del diestro era algo «positivo», a lo que añadió que no podía sentirlo «por el asesino que ha muerto ahora más que por todos los cadáveres que ha dejado a su paso mientras ha vivido». De este modo, la política se ha visto obligada a indemnizar con 7.000 euros a la familia de Barrio y a pedir disculpas por sus palabras.

Con información de ABC

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